Como esta detención ilegal es un tema tan importante para entender el funcionamiento de una Democracia Liberal, y no hay argumentos que justifiquen esas actuaciones, tanto la Ser, Cuatro y El País, como el PSOE han intentado desviar la atención: atacado salvajemente al juez que instruyó el caso (recordando su pasado), comparando al PP con Batasuna (partido ilegalizado por financiar a ETA) e incluso diciendo que la setencia no indica ninguna implicación política (por eso destituyeron al policía que no quiso detener ilegalmente a los dos militantes del PP…).
Por ello seguiremos exponiendo los datos para que cada cual se forme su propio criterio (ya que en la tele no se atreven a contar lo que realmente pasó).
El relato de las manipulaciones, falsificaciones y coacciones
Sorprendentemente, la Fiscalía no ve delito
En los antecedentes, la Sentencia deja claro que "El Ministerio Fiscal y las respectivas defensas de los acusados Rodolfo Ruiz Martínez y otros dos policías, en sus conclusiones también definitivas, se mostraron disconformes con las acusaciones particulares por estimar que tales acusados no habían cometido hecho delictivo alguno, interesando su libre absolución".
Constantino también miente
Al término de una reunión de Constantino Méndez Martínez con integrantes de la AVT, el Delegado del Gobierno se reunió con los medios de comunicación para decir que “calculaba que pronto habría identificaciones y detenciones porque había suficientes indicios en la investigación policial” y que la Policía tenía información y documentos gráficos suficientes para identificar a las personas que estaban en el entorno del Ministro de Defensa, José Bono, cuando se produjo la agresión".
La sentencia argumenta que esa afirmación: "no respondía a la realidad, pues la investigación policial en la tarde del día 24-1-05 no reflejaba ni agresiones al señor ministro, ni identificaciones de clase alguna de participantes en los incidentes, tal como se viene reseñando".
No era una frase hecha. La sentencia recoge las intenciones de Rodolfo Ruiz. No se discutía
"Hazlo o vamos a tener problemas..."
La negativa a practicar detenciones ilegales tiene un alto precio con el comisario Ruiz. el inspector jefe, por orden del propio Rodolfo Ruiz Martínez, indicó al instructor del atestado que cuando llegaran a la comisaría los militantes del PP "les detuviera y leyera sus derechos, a lo que éste se negó por entender que no tenían pruebas hasta ese momento que les inculparan". La respuesta no dejaba lugar a dudas: “hazlo o vamos a tener problemas". Pero como el policía insistió en su honestidad, pasó lo que recoge así la sentencia:
"Poco después regresa el acusado -el inspector jefe- y le dice al inspector 16.444 que no se preocupara que él iba a ser el instructor y que pasaba aquél a ser secretario, a lo que de nuevo se negó. En ese instante hizo acto de presencia el comisario acusado, Rodolfo Ruiz Martínez, en el despacho del grupo de conflictividad laboral y social. Y cuando el inspector 16.444 empezó a decirle que no estaba de acuerdo con las detenciones, pues no había pruebas, le interrumpió y le dijo que estaba cesado como instructor de las diligencias, como jefe de grupo y que abandonara el despacho inmediatamente".
Asumió la instrucción el inspector acusado, por indicación de Rodolfo Ruiz y lo primero que dispone es "que requiera de nuevo la comparecencia en la Brigada de los escoltas del ministro señor Bono pues no le gustaba como les habían tomado comparecencia tal secretario y el entonces instructor por lo que debían ampliarla".
La Sala, sorprendida por las coacciones al instructor
La sentencia no deja lugar a dudas y llega a preguntarse, por ejemplo, por el cese del policía que se negó a practicar detenciones ilegales. La Sala se pregunta:
¿Falta de colaboración es negarse a practicar detenciones ilegales?¿Qué perfil hay que tener para ser jefe del grupo de
Y concluye destacando la ejemplar decisión del inspector pese a las coacciones. Nótense los signos de admiración empleados en la sentencia para destacar la conducta del policía.
... representa un ejemplo de policía judicial que, con buena fe, en conciencia y con pleno respeto a los derechos de los ciudadanos, se negó a practicar las detenciones de dos personas contra las que no había elementos incriminatorios para restringir su libertad. ¡Es el perfil que deseamos para nuestra Policía Judicial!
Manipulación, falsificación y destrucción de documentos
Tras las coacciones para hacer cambiar la realidad llegan las manipulaciones y falsificaciones documentales. Así lo relata la sentencia:
"Conscientes los acusados que se cuestionaban y se cuestionarían las detenciones practicadas y que la negativa del inspector a llevarlas a cabo incidiría en la valoración de la legalidad de las mismas (...) decidieron rehacer el original atestado, de un lado, para que no figurasen los dos primeros instructores y los dos primeros secretarios (, y, de otro, para inflar o abultar los hechos para que sirviera de justificación de las dos detenciones que habían practicado".
Hubo detenciones y fueron ilegales
El auto establece que es una "obviedad" que hubo detenciones porque "sólo son puestos en libertad aquellos a quienes se ha privado antes de la misma". Isidoro Barrio y Antonia de la Cruz fueron "detenidos tan pronto como comparecieron en
"En el ordenamiento jurídico español sólo existen dos situaciones posibles, o bien la libertad, o bien la detención, sin figuras intermedias".
El auto califica de "aberración jurídica" la afirmación de los acusados de que se trató de una detención formal, no material "para salvaguardar mejor sus derechos y protegerlos jurídicamente como un plus de seguridad" porque "toda persona tiene un derecho fundamental a la libertad y a la seguridad".
"Deteniendo a una persona, no se salvaguarda mejor sus derechos, ni se la protege jurídicamente, ni constituye un plus de seguridad, sino que, por el contrario, hemos de respetar su derecho a no ser detenido y sólo en los casos excepcionales previstos en la Ley, se le priva de tal derecho, respetando las garantías que se otorgan a los detenidos".
La sentencia establece la ilegalidad de la detención y las califica de "antijurídicas, detenciones de complacencia y detenciones mirando al tendido vulnerando el Estado de derecho".
"Carece de justificación de clase alguna y aparece como inmotivada, arbitraria y abusiva". "Pese a que los diversos policías que rodeaban y protegían al señor Bono no vieron ninguna agresión, ni ésta la evidenciaban los videos obtenidos, decidió, ni más ni menos que detener a don Isidoro, pese a que por su distancia con el ministro no podía ser quien le golpeara al señor ministro, dándole “puñetazos, uno de ellos en las costillas”. Y tomar idéntica decisión de detención respecto de doña Antonia, ignorando donde estaba situada en las fotos de que se disponía, dado que, por falta de identificación aún no se la había podido poner cara en las referidas fotos y videos".
"Olvidaron que son Policía Judicial, sirvieron a fines o criterios que son contrarios a la justicia que propugna un Estado de Derecho e hicieron ciertas las afirmaciones del señor Delegado del Gobierno en Madrid, “practicando identificaciones y detenciones”.
Las mentiras de ALONSO, EL 22 DE JUNIO DE 2005: "Señor Astarloa, les voy a relatar lo que ocurrió..."
Por su interés reproducimos textualmente la comparecencia íntegra del entonces ministro del Interior, José Antonio Alonso, en respuesta a una interpelación urgente formulada por Ignacio Astarloa. En esa intervención Alonso sostuvo exactamente lo contrario de lo que expresa
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