En 1998, al amparo del proceso emprendido en España contra el ex dictador chileno Augusto Pinochet, una autodenominada Asociación de Familiares y Amigos de Víctimas del Genocidio de Paracuellos del Jarama, presentó una querella ante la Audiencia Nacional contra Santiago Carrillo, el PCE, el PSOE, la Comunidad de Madrid y el Estado español por delitos de genocidio, torturas y terrorismo. El juez Baltasar Garzón rechazó de plano la querella alegando la «mala fe procesal» y «abuso del Derecho» por parte de los denunciantes, por lo que no admitió recurso alguno contra la resolución.[126] Garzón razonó así la resolución: Con el respeto que me merece la memoria de las víctimas, no puede dejarse de llamar la atención frente a quienes abusan del derecho a la jurisdicción para ridiculizarla y utilizarla con finalidades ajenas a las marcadas en el artículo 117 de la Constitución Española y los artículos 1 y 2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, como acontece en este caso [...], los preceptos jurídicos alegados son inaplicables en el tiempo y en el espacio, en el fondo y en la forma a los [hechos] que se relatan en el escrito y su cita quebranta absolutamente las normas más elementales de retroactividad y tipicidad"…sigue en micrófono
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1 comentario:
Pois foi.....!
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