La anomalía española

JOSEP MIRÓ I ARDÈVOL en La Vanguardia

Durante el franquismo este país era una anomalía. Hoy vuelve a serlo debido a una serie de leyes que o bien son únicas o tienen carácter de excepcionalidad en Europa; en todo Occidente. Son éstas:
1. Matrimonio homosexual con adopción. Pendiente de recurso en el Tribunal Constitucional, es a la vez excepcional y único. Solamente Holanda y Canadá nos acompañan. El carácter único radica en la sustitución en el Código Civil del concepto de hombre y mujer, padre y madre, por el de cónyuge y progenitor. Lo legalmente normal en España es lo indeterminado sexualmente, mientras que la excepción es ser hombre o mujer, padre o madre.
2. Ley de Protección contra la Violencia de Género. Es única: ninguna otra legislación establece que por un mismo delito la sanción pueda variar en función de si quien lo comete es hombre o mujer, asimismo coarta la reconciliación en caso de conflicto (y además es un fracaso escandaloso). También está recurrida en el Tribunal Constitucional.
3. Divorcio a los tres meses de casados y sin alegar causa. También en eso somos el único país de Occidente. En el mundo islámico el repudio resulta una figura afín.
4. Ley de Identidad Sexual, por la que se puede cambiar de sexo en el Registro Civil sin necesidad de modificar los caracteres sexuales secundarios. Es otro caso único.
5. La double-mother. Para tapar un acto presuntamente ilegal de una juez de registro civil, se ha introducido un artículo en la ley sobre investigación biomédica - con la que nada tiene que ver- por la que la pareja de una lesbiana que tenga un hijo por fecundación asistida puede inscribirse automáticamente como madre sin necesidad de pasar por un proceso de adopción.
6. Clonación prácticamente sin limitaciones. Pocos países de Occidente la admiten. En muchos del calibre de Francia, Alemania e Italia está prohibida. En otros, como Estados Unidos, no pueden recibir fondos públicos (que son casi los únicos en España). Es contraria a la moratoria recomendada por las Naciones Unidas.
7. Fecundación asistida también sin límites. Es habitual que se establezcan en relación con la edad de la mujer, el que disponga de pareja, el que no puedan implantarse óvulos de otra mujer, o que los espermatozoides no sean de donantes. En España esto y más es posible.

Este conjunto, al que pueden sumarse otras normas y actuaciones, además de las de rango autonómico, nos convierte en una sociedad anómala, extraña. Todas coinciden deliberadamente en un punto: la ruptura del modelo de sociedad humana y el sistema económico basados en el hombre y la mujer, el padre y la madre, la supremacía de los derechos del hijo, la nitidez del parentesco y la concepción dinástica ligada a la previsión a largo plazo. Diluyen el sentido del matrimonio al reducirlo a una simple unidad de convivencia, cuando su fin social es vincular la capacidad de generar descendencia con su educación. Tener hijos desaparece como compromiso para convertirse en una opción de consumo. Es la catástrofe demográfica. Todo eso se hace con la mayor de las frivolidades, como si fuéramos fundadamente los precursores de una nueva humanidad. Pero no es así. España es la historia de trágicos fracasos sociales. Nuestros gobiernos nunca se han caracterizado por su solidez innovadora, no somos pioneros en ningún campo del conocimiento y sí más bien lo opuesto. España sólo tiene clasificada una universidad entre las 200 mejores, y aun situada en el último cuartil. En número de patentes por 1.000 habitantes, incluso Bulgaria presenta una mejor relación. Las leyes españolas y la forma de aplicarlas no son en general un modelo que seguir, como puede constatarse con las fracasadas experiencias en la enseñanza.

Han promulgado una serie de leyes literalmente revolucionarias, mientras los otros países las rehusaban. Es una imprudencia terrible ante la que deberíamos preguntarnos por dos cosas: la razón y las repercusiones, como paso previo a la rectificación para así volver a Europa.

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